13 de agosto de 2025
Estimados prestamistas participantes:
Se han recibido consultas sobre la definición de «residencia principal» en el contexto de la definición de «comprador de primera vivienda».
A efectos de este programa, se entiende por «residencia principal» aquella vivienda de la que una persona es propietaria, independientemente de que decida vivir en ella o no.
¿Qué significa esto? Por ejemplo:
• Si, durante ese periodo de tres años, alguien es propietario de una vivienda con fines de inversión o para alquilarla, no se le considera comprador de primera vivienda.
• Si, durante ese periodo de tres años, una persona es propietaria de una vivienda y ya no la ocupa, no se le considera comprador de vivienda por primera vez.
• Si alguien hereda una vivienda y es propietario de la misma durante ese periodo de tres años, no se le considera comprador de primera vivienda.
Se ha actualizado el manual de la DPA de Covenant para incluir una aclaración sobre la definición de «residencia principal».
Si tienes alguna duda, ponte en contacto con Corinna Obar en el 206-287-4414.